Las tarifas bancarias pueden convertirse en un desembolso significativo para los usuarios, incluso algunas de estas bordean la ilegalidad.
El cobro de comisiones bancarias en España puede llegar a ser un gasto significativo para los clientes, pero no todas son legales. Según estimaciones del portal HelpmyCash, los clientes pueden gastar hasta 240 euros anuales solo en concepto de comisiones de cuentas bancarias. Cada entidad es responsable de establecer sus tarifas y precios, ya que el Banco de España no limita ni autoriza el importe de las comisiones bancarias, excepto en casos específicos.
Es importante destacar que estas comisiones deben estar justificadas por servicios realenente prestados y que el usuario haya solicitado o aceptado. Los clientes deben estar debidamente informados sobre los servicios que se les están cobrando. Sin embargo, muchos se preguntan si estos cargos son legales o no.
Existen comisiones bancarias que son ilegales o que rozan la legalidad. Por ejemplo, las comisiones de descubierto suelen ser ilegales, ya que los gastos que cobra el banco por notificar al cliente que no tiene suficiente dinero en la cuenta pueden no estar justificados. Esto se debe a que la notificación puede ser realizada sin costo a través de correo electrónico o teléfono. En cambio, los intereses correspondientes al descubierto sí están permitidos.
Otro ejemplo de comisiones ilegales es el cobro por ingresos de dinero en efectivo en una cuenta domiciliada en el banco. La justicia ha determinado en varias ocasiones que este servicio bancario no se está proporcionando al depositante, sino al propietario de la cuenta que recibe el dinero. Por lo tanto, el banco no puede cobrar una comisión por este concepto.
En el caso de las comisiones por estudio o apertura de hipotecas o préstamos personales, no hay una situación legal clara al respecto. Algunos expertos creen que estas comisiones no deberían ser legales, ya que el banco está estudiando al cliente económicamente y personalmente, y esto no debería implicar un costo adicional para el cliente.
Las comisiones por amortizaciones anticipadas son consideradas legales por el Banco de España, siempre y cuando los importes no sean abusivos. Por ejemplo, si se realiza una amortización anticipada con otro préstamo del mismo banco, no se deberían cobrar comisiones al cliente, ya que esto no genera ningún perjuicio para el banco.
Por último, las comisiones por devolución de efectos comerciales son ilegales. Estas comisiones se cobran cuando un cliente emite un recibo o cheque que es devuelto debido a la falta de fondos o la negativa del deudor a pagarlo. En este caso, el banco cobra una comisión por solo notificar la devolución, pero esto no supone ningún gasto para el banco y por lo tanto no debería ser cobrado al cliente.
En resumen, es importante que los clientes estén informados sobre las comisiones bancarias que se les están cobrando y que conozcan si estas son legales o no. Las comisiones de descubierto, por ingresos de dinero en efectivo, por estudio o apertura de hipotecas o préstamos personales y por devolución de efectos comerciales son algunas de las comisiones que pueden ser consideradas ilegales o que rozan la legalidad.