En lo referente a estas trabajadoras, el régimen especial al que pertenecen ha sido objeto de una actualización por parte de la Seguridad Social, elevando las bases de cotización a 284 euros mensuales y aplicando la modificación de manera retroactiva.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente las nuevas bases mínimas de cotización para diversas categorías de trabajadores, en respuesta a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.134 euros en 14 pagas. La actualización, realizada por la Seguridad Social, afecta a los empleados asalariados del Régimen General, a las Empleadas del Hogar y a los socios de cooperativas y empleados a tiempo parcial. El incremento, que se aplicará de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2024, es de 63 euros con respecto a la base anterior.
Las Empleadas del Hogar, pertenecientes a un Sistema Especial de la Seguridad Social dentro del Régimen General, están especialmente beneficiadas por estas nuevas bases de cotización. La base mínima ascenderá desde los 284 euros mensuales, representando un aumento del 5%. Aunque el salario mínimo para este colectivo es el mismo que para el resto de trabajadores, el Gobierno también ha modificado sus bases por contingencias comunes, lo que tiene un impacto directo en las cotizaciones.
Es importante destacar que las bases de cotización para las Empleadas del Hogar dependerán del salario que perciban y de las horas semanales trabajadas. Para aquellos que trabajen 40 horas a la semana, la base mínima será de 284 euros al mes. Sin embargo, en caso de trabajar menos horas, se aplicará una escala según el salario recibido.
De este modo, habrá distintos tramos de cotización en función del salario mensual. Por ejemplo, si el salario se encuentra entre los 306,01 y los 474 euros al mes, la base de cotización será de 405 euros al mes. En el caso de un salario entre 1.153,01 y 1.323 euros al mes, la base de cotización será igual al salario mínimo interprofesional.
Es importante tener en cuenta estos cambios al dar de alta a una Empleada del Hogar en el Sistema Especial de la Seguridad Social. Es obligatorio que todos los trabajadores domésticos estén dados de alta en dicho sistema, para lo cual se necesita contar con un código de cuenta de cotización otorgado por la Tesorería General de la Seguridad Social. Este trámite se puede realizar a través del portal Import@ss de la Sede Electrónica de la TGSS, donde también se puede obtener el número de la Seguridad Social.
Una vez obtenido el código de cuenta, se deberá tramitar el alta en el Sistema Especial para Empleadas del Hogar, también a través del portal mencionado. Se solicitará información sobre el trabajador, como sus datos personales y el contrato laboral, así como los datos del empleador, la duración del contrato, la jornada y el salario.
En resumen, las nuevas bases de cotización para las Empleadas del Hogar reflejan un incremento del 5% respecto a la base anterior. Es importante tener en cuenta estas modificaciones al dar de alta a una trabajadora en el Sistema Especial de la Seguridad Social. La actualización de estas bases es una medida destinada a garantizar una mayor protección social para este colectivo, conformado en su mayoría por mujeres.