Estos son los criterios necesarios para obtener la prestación que la Junta de Andalucía concede a los padres con hijos menores de tres años.
La Junta de Andalucía brinda una ayuda económica de 600 euros anuales a familias que tengan partos múltiples y un tercer hijo/a menor de tres años. Esta medida está amparada por el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de Apoyo a las Familias Andaluzas y los Decretos 18/2003 de 4 de febrero y 7/2004 de 20 de enero, los cuales regulan una serie de medidas, servicios y ayudas para respaldar a estos hogares en los gastos y la crianza de sus hijos/as.
Asimismo, la Junta ha modificado los tramos de renta aplicables a las familias para acceder a la ayuda de 600 euros, en cumplimiento del Decreto-Ley 7/2013, de 30 de abril, que contempla medidas específicas para combatir la exclusión social en Andalucía. Para ser elegibles a esta prestación, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos y presentar la solicitud dentro del primer año desde el nacimiento, la adopción o el acogimiento del menor.
El beneficio de los 600 euros para familias numerosas y partos múltiples está sujeto a ciertos requisitos. El primero de ellos es tener la custodia de los y las menores como titulares de la patria potestad o de un acogimiento permanente o preadoptivo. Además, la unidad familiar no debe superar los tramos de renta establecidos para poder acceder a la prestación. Estos tramos de ingresos son los siguientes:
– Familias con ingresos iguales o inferiores al IPREM vigente en cada ejercicio: tendrán derecho al 120% de las cuantías.
– Familias cuyos ingresos superen el IPREM o sean iguales o inferiores a dos veces el mismo índice: tendrán derecho al 110% de las cuantías.
– Familias con una renta superior a dos veces el IPREM e igual o inferior a cuatro veces el mismo índice: recibirán el 100% de las cuantías.
– Familias cuyos ingresos superen cuatro veces el IPREM e igual o inferiores a seis veces el mismo índice: tendrán derecho al 50% de las cuantías.
– Familias con una renta superior a seis veces el IPREM vigente no serán elegibles para estas ayudas.
Respecto a los partos múltiples, la ayuda de 600 euros se otorga una vez al año por cada hijo/a a partir del tercer hijo/a y se recibe durante los tres años siguientes al nacimiento. En el caso de partos múltiples, también se realizará un único pago anual durante tres años. Las cantidades estipuladas en estos casos son las siguientes:
– 1.200 euros para partos de dos hijos/as.
– 2.400 euros para partos de tres hijos/as.
– 3.600 euros para partos de cuatro hijos/as.
– 4.800 euros para partos de cinco o más hijos/as.
Para solicitar la ayuda por hijo/a de la Junta de Andalucía, es necesario cumplir con los requisitos mencionados y presentar la solicitud correspondiente durante el primer año desde el nacimiento, la adopción o el acogimiento del menor. Los solicitantes deberán completar un formulario con sus datos personales, información sobre los miembros de la familia y proporcionar cierta documentación, como el libro de familia.
Entre la documentación necesaria se encuentra la fotocopia del Libro de Familia, del DNI/NIE/Pasaporte en vigor del solicitante, el certificado de empadronamiento colectivo, una copia completa de la Declaración de la Renta de todos los miembros de la unidad familiar del último año, y una copia de la libreta de ahorro o un certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.
Una vez que se cuenta con toda la documentación y los formularios completos, se pueden presentar a través de la oficina virtual si se dispone de certificado digital. Para hacerlo de forma presencial, será necesario acudir a la Delegación Territorial de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad correspondiente al domicilio del solicitante.